Plan de Participación Publica

del Estudio de Paisaje

El presente documento define el Plan de Participación Pública del Estudio de Paisaje regulador de la Implantación de la Energía Solar Fotovoltaica en los suelos en estado rural de Albaida, Palomar y Bufali.

OBJETIVOS DEL PROCESO DE PARTICIPACIÓN

Los objetivos del Plan de Participación Pública son:

  1. Hacer accesible al público, la información relevante de la instalación de plantas de energía solar fotovoltaica en Albaida, Palomar y Bufali, en relación a los efectos sobre el paisaje y la infraestructura verde del territorio.
  2. Informar del derecho a participar en el cuerpo analítico y conclusiones vinculantes del Estudio de Paisaje y de las formas en que se puede ejercer este derecho.
  3. Viabilizar y hacer efectiva la formulación de opiniones personales, observaciones y valoraciones en aquellas fases iniciales del procedimiento en que estén abiertas todas las opciones.
  4. Obtener información útil del público interesado, para conformar las memorias justificativas y parte vinculante del Estudio, en relación a:
    • Identificar los valores atribuidos a las diferentes unidades de paisaje, por los agentes sociales y la población.
    • Identificar los recursos paisajísticos del ámbito a considerar en el Estudio de Paisaje.
    • Valorar la incidencia de las plantas de ESF sobre las diferentes unidades de paisaje, considerando su fragilidad y visibilidad.
    • Justificar la opción normativa adoptada, integrada por las ubicaciones preferentes, los límites cuantitativos admisibles y los elementos de integración a exigir a las plantas.

FASES EN QUE SE DESARROLLA LA PARTICIPACIÓN PUBLICA E INCARDINACIÓN EN EL PROCESO DE APROBACIÓN DEL ESTUDIO DE PAISAJE 

Con la finalidad de alcanzar los objetivos previstos, se pretende realizar el siguiente programa de actividades:

  1. Puesta en conocimiento del público interesado del contenido del Plan de Participación Pública y de la información técnica previa del estudio de paisaje.
  2. Realización de encuestas al público afectado y/o interesado, así como reuniones públicas.
  3. Análisis y publicación de los resultados de las alegaciones y sugerencias puestas de manifiesto en las encuestas y jornadas públicas.
  4. Evaluación técnica de la fase inicial del Plan de Participación Pública y redacción del Estudio de Paisaje, con el contenido íntegro del ANEXO I del TRLOTUP.
  5. Exposición pública del Estudio de Paisaje, otorgando plazo para alegaciones de todos los ciudadanos y entidades interesadas, y solicitud de informe a las administraciones con competencias afectadas.
  6. Respuesta a las alegaciones, aprobación provisional por los ayuntamientos afectados, y remisión a la Dirección General competente de la aprobación.
  7. Aprobación definitiva por la Generalitat Valenciana y publicación.
  8. Si la Dirección General de Ordenación del Territorio y Paisaje, obligara a introducir modificaciones en el Estudio, se modificaría este a los efectos de cumplir con los requerimientos que se efectuara. En caso de que estas modificaciones afectaran de forma sustantiva a la parte imperativa vinculante del estudio de paisaje, se efectuaría un segundo periodo de exposición pública.

PÚBLICO INTERESADO Y AFECTADO. PAPEL QUE DESEMPEÑAN EN EL PROCESO DE PLANIFICACIÓN.

Consideraremos como público interesado, a los grupos o miembros del público que hayan expresado interés o que por la naturaleza de su localización, objetivos o actividades puedan estar especialmente afectados o interesados en el contenido del E.P.

Como listado inicial, que será actualizable a lo largo del proceso con todos aquellos grupos o miembros del público que muestren su interés en cada una de las fases del Estudio de Paisaje, se han clasificado las partes interesadas y afectadas en los siguientes grupos:

    • Ayuntamientos del ámbito del Estudio y de municipios limítrofes.
    • Los departamentos responsables de Territorio y Paisaje, Energía y Medio Natural de la Generalitat Valenciana.
    • Partidos políticos y Asociaciones de Vecinos de los tres municipios afectados.
    • Asociaciones locales relacionadas con el medio ambiente, cambio climático o desarrollo económico de la comarca.
    • Profesionales locales relacionados con las materias afectadas.
    • Vecinos en general de Albaida, Bufali y el Palomar.

    Estos ciudadanos y/o grupos tienen el derecho de participar de manera efectiva y real en la valoración del paisaje y por ello, según las actividades y trabajos programados y recogidos en el presente Plan de Participación Pública, podrán acceder con antelación a la información relevante relativa al Estudio de Paisaje.

    Además, podrán expresar sus opiniones y sugerencias mediante alegaciones y sugerencias durante los periodos que han sido definidos para ello y participarán en las encuestas y actos públicos que se programen.

    Finalmente tendrán acceso al resultado definitivo del procedimiento en el que se les informará de los motivos y consideraciones en los que se basa la opción adoptada y recibirán respuesta sobre las alegaciones y sugerencias que hubieran realizado.

    METODOLOGÍAS Y ACTIVIDADES A REALIZAR. PROGRAMAS DE TRABAJO PARA ASEGURAR EL INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN Y CONSULTA

    La metodología y el programa de actividades y trabajos para asegurar tanto el suministro de información y consulta pública, como la participación efectiva de los interesados, se resume a continuación, señalando que para cada una de las fases y temas a tratar se seleccionará el medio más adecuado acorde al tiempo y recursos disponibles:

    Las actividades que se van a realizar son las siguientes:

    I. Puesta en conocimiento del público interesado del Plan de Participación Pública y de la información previa del Estudio de Paisaje.

    Esta fase inicial se centra en la publicación de la información previa relativa al Estudio de Paisaje:

      a. Plan de Participación Pública referente al Estudio de Paisaje.

      b. Plano de las unidades de Paisaje.

      c. Plano inicial de Recursos paisajísticos.

      d. Análisis visual y de fragilidad de las unidades.

      e. Propuesta de delimitación de la infraestructura verde del ámbito.

      f. Descripción técnica de un ejemplo de Plantas de Energía Solar fotovoltaica, y de las líneas de evacuación, y su incidencia en el paisaje.

      g. Posibles alternativas de medidas de integración paisajística, y densidades permitidas a adoptar en las diferentes unidades de paisaje delimitadas.

      h. Y otras informaciones que se consideren de interés.

    Esta documentación se encontrará publicada y disposición del público:

    • Ayuntamientos de Albaida, el Palomar y Bufali.
    • En las páginas web de estos ayuntamientos.
    • En la página web al efecto creada http://epyma.com/EP-Albaida-Bufali-Palomar
    • Enlaces con estas páginas Web, se divulgarán en las redes sociales en las que tengan presencia estos ayuntamientos o las asociaciones y entidades consideradas público interesado.
    • Cualquier otro que se considere oportuno, por sugerencias del público, durante el desarrollo del proceso de participación pública.

    Además, se utilizarán los siguientes métodos de información divulgación:

    • Publicación en los tablones de anuncios de los respectivos ayuntamientos, de un edicto del inicio del Plan de Participación Pública.
    • Notificación fehaciente a las asociaciones y administraciones públicas consideradas público interesado.
    • Otros sistemas que se consideren oportunos, por sugerencia al efecto durante el desarrollo del proceso de participación pública.

    II. Presentación de opiniones y realización de encuestas al público afectado.

    Por un periodo de 30 días, el público interesado podrá ejercer su derecho a formular alegaciones y observaciones sobre el proceso del análisis del Paisaje que se lleva a cabo.

    Estas observaciones podrán ser realizadas a través de las encuestas y/o formularios disponibles en los sistemas de participación antes indicados, con formularios online, pudiéndose imprimir y presentar estos mismos en la sede de los ayuntamiento afectados, y online, durante el periodo anteriormente indicado.

    Para simplificar las encuestas, no se le preguntará al público interesado por los Recursos de Paisaje que ya estén recogidos por una figura de la legislación de protección de espacios naturales (LICs, Catálogo de Zonas Húmedas, etc) y patrimonio cultural, ya que a estos se les atribuirá el máximo valor de paisaje.

    Las encuestas solicitarán los datos personales del encuestado para verificar la autenticidad de la encuesta, aunque estos datos no se almacenarán en ningún fichero.

    III. Actos presenciales de información y participación pública.

    Con las debidas medidas exigidas por la autoridad sanitaria se celebrarán dos tipos de actos públicos:

    a) Destinados a público en general: Convocados en locales y a un horario propicio para la participación de la ciudadanía en los que:

    – Se informará verbalmente del contenido técnico inicial del Estudio de Paisaje y de los puntos de información digital donde efectuar un estudio más detallado de los textos del mismo.
    – Se recabará opiniones de los ciudadanos participantes.

    b) Destinados a asociaciones y entidades con especial conocimiento e interés en la materia. Con los mismos objetivos, pero con cierto límite de aforo para permitir una intervención             más extensa y técnicamente cualificada de los participantes.

    IV. Evaluación de los resultados.

    En esta fase se evaluarán los resultados de las encuestas, consultas, sugerencias, etc., que se hayan formulado por parte del público interesado a través de los medios disponibles para ello y que han sido enunciados anteriormente.

    Estas opiniones serán tenidas en cuenta durante el proceso de elaboración del Estudio de Paisaje. Además, se redactarán respuestas que informen de los motivos y consideraciones en los que se basa la decisión adoptada tras el análisis de las mismas.

    V. Publicación de los resultados.

    Tras obtener los resultados y conclusiones de las encuestas y consultas realizadas y de las alegaciones y sugerencias recibidas, se procederá a la publicación de los resultados.

    Con respecto a las encuestas, se podrá consultar las contestaciones obtenidas por los encuestados manteniendo la confidencialidad de la persona consultada; así como las conclusiones que se hayan obtenido tras la evaluación de las mismas.

    Con respecto a las alegaciones y sugerencias se publicará el total de opiniones y sugerencias recibidas, así como las respuestas y consideraciones que se hayan obtenido tras el proceso de evaluación.

    Estos resultados serán publicados en los medios y locales que anteriormente han sido mencionados.

    VI. Evaluación de la fase inicial del Plan de Participación Pública y redacción del Estudio de Paisaje.
    Se redactará un documento final en el que se recoja cual ha sido el desarrollo del Plan de Participación Pública, indicando en caso de considerarse necesario, si se ha producido algún cambio respecto a la programación inicialmente presentada.

    Este documento recogerá el resultado y las conclusiones de las consultas realizadas. También estarán recogidos en este documento los resultados de las encuestas realizadas y las conclusiones obtenidas.

    Un último apartado explicará cuales son las conclusiones finales que se hayan obtenido y que se tendrán en cuenta durante la elaboración del Estudio de Paisaje. Se recogerá cuales han sido los motivos y consideraciones en los que se haya basado la decisión adoptada.

    VII. Exposición pública del Estudio de Paisaje.

    El documento elaborado durante la fase anterior será aprobado por los órganos administrativos que corresponda del Ayuntamiento y se abrirá un periodo reglado de exposición pública, durante el cual se solicitará informe de las administraciones con competencias afectadas.

    VIII. Respuesta a las alegaciones e informe y aprobación provisional.

    Tras la fase de exposición pública, los plenos de los ayuntamientos respectivos procederán a responder a las alegaciones e informes y a aprobar provisionalmente el Estudio de Paisaje.

    IX. Aprobación definitiva por parte de la Dirección General de Territorio y Paisaje.

    Tras la aprobación provisional se remitirá la documentación completa a la DG competente de la aprobación definitiva y posterior publicación del Estudio de Paisaje.

    Participa

    Accede a la encuesta.